La Justicia vuelve a dar la razón a Bankia frente a la demanda de Iberdrola por la salida a Bolsa

Europa Press.- La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a Bankia frente a la demanda de Iberdrola por las pérdidas sufridas en el proceso de salida a Bolsa de la entidad, al desestimar el recurso que interpuso la compañía eléctrica contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 89 de Madrid el pasado año que otorgó la victoria al banco.

Bankia ganó el primer pulso entre ambas compañías en marzo de 2017, cuando fue desestimada la demanda de Iberdrola al considerar que la energética pudo tener indicios del riesgo de su inversión al acudir a la Oferta Pública de Suscripción (OPS) de acciones lanzada por la entidad en 2011, ya que antes de la operación las agencias de rating Moody’s y Fitch rebajaron la calificación crediticia del banco, hecho que fue comunicado mediante hechos relevantes.

Iberdrola presentó entonces un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid alegando que dichos ratings sobre la entidad no alertaban sobre la falsedad de los estados financieros del banco, sino que eran «buenos» y se basaban en la hipótesis de que la contabilidad «era correcta». En la nueva sentencia, la Audiencia Provincial de Madrid desestima este recurso de apelación y confirma «íntegramente» la sentencia favorable a Bankia dictada en marzo de 2017, con imposición de costas a Iberdrola.

En concreto, considera a Iberdrola «un inversor profesional» y, según una directiva europea, la información proporcionada por el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores «no se requiere para las ofertas limitadas a los inversores cualificados». Además, el juez indica que «no puede afirmarse que la voluntad de Iberdrola se haya formado a partir de una creencia inexacta sobre la situación financiera y patrimonial de Bankia ni que la información económica-financiera reflejada en el folleto informativo resultara decisiva para adoptar su decisión». Iberdrola cuenta ahora con un plazo que finaliza el 31 de julio para interponer un recurso extraordinario por infracción procesal o un recurso de casación.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *