España pierde su cuarto arbitraje internacional por los recortes a las renovables y debe pagar 112 millones al fondo Antin

EFE / Europa Press.- El Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (Ciadi), dependiente del Banco Mundial, ha dictado un laudo arbitral que obliga a España a pagar 112 millones de euros al fondo Antin por el recorte retributivo a las energías renovables en el que es el cuarto revés contra España. En su fallo, el tribunal de arbitraje también estima la reclamación de Antin, que fue asesorada por el despacho Allen Overy, respecto al impuesto del 7% a la producción eléctrica.

Según fuentes del sector, los fondos Antin Infrastructure Luxembourg y Antin Energía Termosolar, que en 2011 compraron a ACS dos plantas termosolares en Granada, Andasol 1 y 2, y las vendió en 2017 al fondo Cubico,  reclamaban en total 218 millones de euros, de los que el Ciadi sólo les ha reconocido 112 millones. La reclamación de Antin comprendía los daños históricos sufridos antes de junio de 2014, que es cuando se hizo la valoración de daños, los flujos de caja que perdieron sus plantas termosolares, así como los intereses que se devengan desde la fecha de la valoración a la de emisión del laudo, junto al importe necesario para compensar los activos y pasivos por impuestos tras el laudo.

El tribunal del Ciadi que ha elaborado el laudo, en línea con lo que ya se dictaminó en los casos del fondo Eiser, de Masdar y de Novenergia, aunque en este último caso el laudo del Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo fue suspendido por la justicia, entiende que la reforma que operó el Gobierno en 2012 constituye un cambio regulatorio tan abrupto que vulneraba el artículo 10 de la Carta de la Energía, tratado internacional que garantiza las inversiones internacionales en esta materia, según las mismas fuentes. En este sentido, considera que se vulneraron las legítimas expectativas de los inversores que invirtieron en renovables en España entre 2007 y 2011.

Sin embargo, el tribunal del Ciadi ha descartado la reclamación de daños históricos hasta junio de 2014, por lo que se descuentan 11 millones de euros de la cantidad reclamada por Antin, y también se adhiere a la tesis del Estado español en la valoración de la vida útil de las plantas termosolares, que los reclamantes estimaban en 40 años y España en 25. La incidencia de esta diferente valoración de la vida útil de las plantas es sustancial y resta a la reclamación de Antin otros 36 millones de euros. Así, el laudo sólo estima finalmente en 112 millones de euros las pérdidas en los flujos de caja futuros, aunque reconoce un interés del 2,07 % con capitalización compuesta.

Otra novedad de este laudo es que, a diferencia de los anteriores, condena al Estado español a pagar el 60% de las costas del demandante, que en anteriores casos determinó que se pagaran a partes iguales. En mayo de 2017, el Ciadi dictó un laudo que obligó a España a pagar 128 millones al fondo británico Eiser Infrastructure, que reclamaba 298 millones, y el pasado mayo ordenó compensar a Masdar, filial de energías renovables del fondo soberano de Abu Dabi Mubadala, con 64,5 millones también por el recorte de las primas, cuestión por la que reclamaba 165 millones de euros.

Además, en febrero pasado el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo obligó a España a pagar 53,3 millones de euros a Novenergia, con sede en Luxemburgo, por el recorte de primas a sus plantas fotovoltaicas en España, aunque posteriormente la Justicia sueca suspendió esa decisión de forma indefinida. Los inversores extranjeros reclaman a España aproximadamente 7.600 millones de euros en distintas instancias internacionales de arbitraje por los perjuicios que supuestamente les causaron los recortes en las primas a las energías renovables. Entre todas estas demandas presentadas, destaca la interpuesta por el conglomerado The PV Investors ante la Comisión Uncitral, que asciende a 1.900 millones de euros.

No obstante, la resolución de estos procesos en contra del Estado está en el aire, ya que en noviembre la Comisión Europea respaldó al Gobierno de España en este frente abierto por los arbitrajes de las renovables, al considerar que al haberse iniciado por inversores de otros Estados de la Unión Europea era una situación contraria al Derecho de la Unión. Asimismo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló el pasado mes de marzo que la cláusula de arbitraje incluida en el acuerdo entre Eslovaquia y Países Bajos sobre la protección de inversiones no era compatible con el Derecho de la Unión Europea.

Este fallo abría una vía favorable para España en el conflicto con los fondos de inversión extranjeros por las renovables, aunque no definitiva, ya que muchos de los arbitrajes de inversión se han iniciado al amparo de la Carta Europea de la Energía. Anteriormente, España había ganado una demanda presentada por Isolux, mientras que también decayó la demanda de 6 millones de Solarpark Management, que había denunciado ante el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo (SCC).

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