El Tribunal Supremo desestima un recurso de Ecologistas en Acción que pedía la anulación de un proyecto de fracking

EFE.- El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado en mayo de 2016 por Ecologistas en Acción pidiendo que se declarase nulo el proyecto de fracking Cronos, que afecta a 96.000 hectáreas de varios municipios de Guadalajara y Soria, otorgado a la empresa Frontera Energy Corporation.

Los ecologistas fundamentaban su recurso en aspectos como la salvaguarda de los espacios naturales protegidos, la falta de medidas de protección medioambiental o la falta de diagnóstico de la afección a aguas superficiales y subterráneas. A este respecto, la sentencia señala que la recomendación de la Unión Europea referida a las medidas de protección ambiental son de fecha posterior al decreto que otorgó el proyecto y que se impugna, «por lo que difícilmente pudo ser tenida en cuenta a la hora de otorgarse el permiso de investigación que nos ocupa«.

Eso sí, «sin perjuicio de que el contenido de la mencionada recomendación 2014/70/UE, lo mismo que las normas del ordenamiento comunitario europeo o de derecho interno aprobadas con posterioridad al decreto impugnado y que resulten entonces de aplicación, sean tomadas en consideración con ocasión de las evaluaciones de impacto ambiental que habrán de realizarse en las fases ulteriores» del programa de investigaciónobjeto de examen.

Atendiendo a estas consideraciones, Ecologistas en Acción demandaba que el proyecto de fracking Cronos «se declarase nulo de pleno derecho y consiguientemente dejase sin efecto el acto administrativo objeto del presente procedimiento», hecho que ha sido desestimado por el Supremo. Por último, la sentencia señala que no procede imponer las costas derivadas de este proceso a ninguna de las partes «pues la controversia planteada suscitaba dudas de derecho suficientes como para considerar improcedente la condena en costas al litigante vencido».

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