El Supremo ratifica la nulidad de la autorización del parque eólico Espina promovido por Gas Natural Fenosa en León

Europa Press.- El Tribunal Supremo ha ratificado la nulidad de la autorización administrativa concedida para la instalación del parque eólico Espina, sito en los términos municipales de Igüeña, Villagatón y Valdesamario, en la provincia de León, según indicaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El fallo del Supremo desestima así el recurso de casación interpuesto por Gas Natural Fenosa Renovables y por la Junta contra una sentencia de 2014 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que estimó el recurso de Seo/Birdlife en relación con la autorización del parque eólico Espina. En aquella sentencia, el TSJCyL estimó el recurso de Seo/Birdlife en contra la resolución del viceconsejero de Economía, de 2008, por la que se otorgaba autorización administrativa para la instalación del referido parque eólico, y declaró su nulidad por no ser conforme a derecho, y todo ello, fundamentalmente, por irregularidades en la Declaración de Impacto Ambiental.

En este sentido, el tribunal de primera instancia precisaba que dicha DIA no era conforme a derecho por no evaluar debidamente todos los efectos que puede producir el parque. «La DIA, como ya se ha dicho en otras ocasiones por esta Sala, además de ser un trámite de cumplimiento obligado en proyectos como el de autos, es una técnica transversal que condiciona la práctica totalidad de la actuación posterior, por lo que su nulidad conlleva la de la autorización concedida».

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