El Parlamento Europeo investiga una denuncia contra Madrid al incumplir la normativa sobre la calidad del aire

Europa Press.- La Comisión de Peticiones de la Eurocámara decidió mantener abierta la denuncia de la Fundación Equo contra la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid por incumplir la normativa europea sobre calidad del aire a la espera de que la Comisión Europea decida o no si el caso acaba finalmente ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El representante de Equo, Alejandro Sánchez, denunció que Madrid lleva cinco años incumpliendo los límites establecidos por normativa europea de las partículas en suspensión PM10 y de las más nocivas PM2,5, así como los límites de dióxido de nitrógeno y el ozono troposférico, ante la comisión europarlamentaria, encargada de estudiar las quejas de los ciudadanos europeos. Sánchez criticó que los umbrales se siguieron rebasando por encima de lo permitido en los últimos años y que ni la Comunidad ni el Ayuntamiento de Madrid han tomado medidas para reducir el tráfico rodado, una de las causas del problema, o para limitar la velocidad en las carreteras de acceso a la capital.

Desde el Ejecutivo comunitario indicaron que ya han remitido un dictamen motivado a las autoridades españolas por no respetar los niveles de partículas en suspensión autorizados. Se trata del último paso de un proceso de infracción que equivale a un ultimátum antes de decidir si se lleva al país ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pero la Comisión sólo tomará una decisión final una vez haya recibido la respuesta de las autoridades españolas. En este sentido, el Ejecutivo comunitario envió una carta de emplazamiento a las autoridades españolas en febrero de 2013 instándoles a cumplir los valores límite de las partículas PM10.

Por su parte, la eurodiputada del PP, Rosa Estarás, defendió que el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid han diseñado planes para mejorar la calidad del aire si bien reconoció que se siguen sin respetar los valores límites fijados por la normativa europea pero abogó por mantener abierta la petición hasta conocer el resultado de las negociaciones entre la Comisión Europea y España.

Por lo que se refiere a los niveles máximos autorizados, la normativa europea establece un límite diario de 50 *g/m* para las partículas PM10 desde enero de 2005, que no podrá superarse más de 35 veces por año y un valor límite anual de 40 *g/m*, al tiempo que estipula un valor objetivo medio anual del 25 *g/m3 para las partículas PM2,5, sólo de obligado cumplimiento desde enero de 2015.

La normativa europea de partículas fija igualmente un valor límite horario desde enero de 2010 de 200 *g/m* de dióxido de nitrógeno (NO2), que no podrá superarse más de 18 veces por año civil, y un valor límite anual de 40 *g/m* y un valor objetivo de 120 *g/m*, como máxima diaria, en el caso del ozono, que no podrá superarse más de 25 días por calendario civil, promediados en un periodo de tres años.

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