Dies Llovera, consejero del CSN a propuesta del PP, defiende su rigor y «más absoluta independencia» de motivaciones políticas

Europa Press.- El consejero de Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), Javier Dies Llovera, emitió un voto particular en el que defiende su «más absoluta independencia de cualesquiera motivaciones políticas ajenas a las funciones del organismo regulador en el marco del proceso de evaluación de la renovación de licencia de la central nuclear de Santa María de Garoña (Burgos).

El consejero votó la semana pasada a favor de cuatro puntos que figuraban en el orden del día relativos a ese proceso y ahora ha emitido una explicación de su voto en la que defiende que su toma de decisión se corresponde con el procedimiento que establece el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas que determinan el proceso de evaluación de las solicitudes de los titulares de las instalaciones nucleares y los requisitos a los que deben someterse y las modificaciones de diseño que deben estar aprobadas durante el proceso de evaluación de la solicitud de renovación de la licencia.

30 años de experiencia nuclear

En consecuencia, de acuerdo con el voto particular, añade que la práctica regulatoria se sigue de acuerdo con la normativa aplicable, con los procedimientos internos y, «en este caso también» con una guía de evaluación específica. Asimismo, en su toma de decisión favorable, Dies Llovera expone que su voto se basa también en sus «conocimientos y experiencia adquiridos durante más de 30 años de ejercicio profesional como profesor de ingeniería nuclear». En base a este bagaje, afirma compartir «plenamente» la fundamentación técnica de las propuestas como resultado de la «estricta aplicación de la normativa» y del seguimiento del procedimiento, además de «en cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades como consejero».

Respecto del procedimiento de Garoña en cuestión, explica que la evaluación de la seguridad nuclear y la protección radiológica no es un proceso abstracto y dependiente únicamente del buen saber y entender de los técnicos implicados y de los miembros del Pleno, sino que viene determinado por la aplicación estricta de la normativa aplicable y debe basarse en criterios técnicos. El consejero defiende que lo relacionado con Garoña se decide en el marco de las competencias del CSN, a cuyo pleno «le corresponde el ejercicio de todas las funciones resolutorias, de asesoramiento, supervisión y protección radiológica previstas» en la Ley y, por tanto, «adoptará cuantos acuerdos resulten necesarios para el adecuado cumplimiento de tales funciones.

Los plazos ya están marcados

Del mismo modo, añade que toda esta normativa «garantiza la transparencia y predictibilidad del proceso administrativo y determina con antelación los hitos administrativos que deben irse cumplimiento y los tiempos en que deben cumplirse», de modo que los expedientes analizados en el pleno del 3 de febrero respecto a la planta atómica de Garoña, «cumplen plenamente» tanto con los requisitos técnicos impuestos, como con los procedimientos administrativos e internos preestablecidos«. En todo caso, afirma que «ninguna» de las decisiones adoptadas, en cumplimiento de los procedimientos previstos para su aprobación, prejuzga la decisión final sobre la renovación de la autorización de la central, que continúa evaluándose, sino que son, de acuerdo con la normativa aplicable, requisitos regulatorios previos a dicha decisión.

Por último, subraya que, a su juicio, el pleno tiene la «responsabilidad de analizar en profundidad los argumentos técnicos que apoyan las propuestas, así como si han respetado las garantías administrativas y procedimientos; en base a ello cada consejero debe formarse su criterio y emitir su voto. Mientras, al CSN le corresponde determinar si las solicitudes son «compatibles con la seguridad nuclear, así como qué requisitos deben imponerse para mejorarla».

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