La CNMC lanza recomendaciones para la contratación de nuevos productos de gas y electricidad como comprobar si hay compromiso de permanencia
Servimedia / Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha lanzado una serie de recomendaciones para los usuarios durante la contratación de nuevos productos de gas y electricidad. En una entrada en el blog de Competencia, el organismo regulador aconseja a los consumidores energéticos conocer a qué tipo de usuario de electricidad o gas se ajustan, lo que depende de la potencia contratada y de los horarios de consumo.
En este sentido, advierte de que puede darse el caso de tener una potencia contratada superior a lo que se necesita, encareciendo así la factura, por lo que «es importante saber que la potencia que se contrate es decisión del cliente consumidor, según el equipamiento de que disponga en su hogar y el uso que vaya a hacer del mismo«. En cuanto a los horarios de consumo, la CNMC apunta que, si se estudian, puede decidirse si interesa más una tarifa de consumo normal o bien una de discriminación horaria.
Una vez que se tenga claro el tipo de usuario, el organismo regulador facilita al consumidor un decálogo de consejos. La primera recomendación que realiza es comparar los precios y los servicios antes de decidirse por una nueva oferta, recurriendo a aplicaciones como el comparador de la propia CNMC. También se puede acudir a las oficinas de atención al cliente o a las asociaciones de consumidores. Asimismo, aconseja informarse si se tiene derecho al bono social eléctrico, que ofrece una tarifa más económica, y leer atentamente las condiciones del contrato antes de elegir una oferta.
En particular, insta a buscar si el contrato incluye o no la contratación y cobro de otros servicios adicionales, ya que tal vez pueda interesar más un contrato simple, que incluya únicamente el servicio de suministro de gas o electricidad. Así, subraya la necesidad de examinar también cuáles son las condiciones de revisión de los precios e informarse sobre cuál es el procedimiento para efectuar una reclamación. De igual forma, la CNMC recomienda estudiar si el contrato tiene compromisos de permanencia o incluye penalizaciones económicas al consumidor por su cancelación.
«Si recibe una llamada telefónica o una visita inesperada a su domicilio para que cambie de suministrador, no debe sentirse presionado, ni precipitarse», señala la CNMC, que aconseja pedir una copia del contrato con las condiciones ofrecidas, y comprobar que en el contrato escrito figuran todas las condiciones que indique el vendedor. Otros de los consejos de la CNMC son no facilitar al vendedor los datos bancarios, ni facturas anteriores, ni datos personales si no se está seguro de la contratación; si se realiza la contratación por internet, el organismo regulador aconseja que se guarde o imprima una copia de la oferta y el contrato.
En el caso de contratos celebrados fuera de establecimiento comercial (ventas domiciliarias, por teléfono o por internet), recuerda que los usuarios tienen 14 días para desistir del contrato sin tener que dar ninguna justificación. El vendedor está obligado a informar del procedimiento a seguir. Por último, recomienda comparar periódicamente la oferta que se tenga con otras disponibles en el mercado, en particular, cuando el suministrador revise los precios del contrato, así como consultar las guías al consumidor de la CNMC.
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