El Gobierno ofrece mantener invariable hasta 2031 la retribución de las renovables instaladas antes de la reforma Soria de 2013

Redacción / Europa Press.- El Ministerio para la Transición Ecológica ha iniciado los trámites del anteproyecto de ley que establece las nuevas tasas de retribución financiera aplicables a las distintas actividades con retribución regulada del sistema eléctrico para el periodo 2020-2025. El anteproyecto presentado plantea que la tasa de retribución que tenían reconocida hasta ahora las instalaciones de energía renovable, cogeneración y residuos con derecho a retribución primada hasta el Real Decreto-Ley 9/2013, el del recorte a las renovables, no pueda modificarse hasta 2031.

Sin embargo, para el período 2020-2025, el Gobierno sí que recortará la retribución de las redes y de las renovables post-reforma Soria. En este sentido, propone una tasa de retribución del 5,58% para las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica y del 7,09% para la actividad de producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

De esta manera, el Gobierno avala la propuesta de tasas a estas actividades para el segundo periodo regulatorio que realizó el organismo regulador la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que supone un recorte del 14,1% con respecto a la retribución actual del 6,503% para los negocios de redes y generación no peninsular y un 5,5% menos con respecto al 7,503% vigente para las renovables. Por su parte, las instalaciones anteriores al Real Decreto-ley 9/2013 tienen una tasa de retribución del 7,389%.

La principal novedad en la propuesta de la CNMC era la metodología seguida para establecer la tasa de rentabilidad, basándose en el coste medio ponderado del capital (WACC en inglés), que es la metodología más comúnmente aplicada por los reguladores europeos dentro del ámbito de sus competencias para establecer la tasa de retribución de las actividades reguladas del sector energético.

Además, como se expone, con el objeto de garantizar un marco retributivo estable, el anteproyecto presentado plantea que la tasa de retribución que tienen reconocida en la actualidad las instalaciones de energía renovable, cogeneración y residuos con derecho a retribución primada con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 9/2013, el del recorte a las renovables y que ha sido objeto de una significativa litigiosidadtanto a nivel nacional como a nivel internacional, no pueda modificarse hasta 2031.

La tasa de retribución financiera se calcula tomando como referencia el rendimiento de las Obligaciones del Estado a 10 años (bonos del Estado a 10 años) incrementándolo con un diferencial adecuado. Para determinar el diferencial que aparece en el anteproyecto, el gabinete dirigido por Teresa Ribera solicitó un informe a la CNMC y ratifica sus conclusiones, realizando a su vez la mejor estimación posible del valor de las obligaciones a 10 años en tanto éstas quedan actualizadas, señala el Ministerio.

Estabilidad para instalaciones pre-reforma Soria

Por otra parte, con el objeto de fijar un marco retributivo estable a las instalaciones de renovables afectadas por el recorte aplicado en el Real Decreto 9/2013 y «lanzar una señal positiva a los inversores para evitar el planteamiento de nuevos procedimientos o, en su caso, poner fin a los ya existentes», el anteproyecto propuesto por el Gobierno garantiza a sus titulares que el valor sobre el que girará la rentabilidad razonable fijada para el primer periodo regulatorio, el actual, no podrá ser revisado durante los dos periodos regulatorios que se sucedan, de manera consecutiva, a partir del 1 de enero de 2020, indicó el Ministerio para la Transición Ecológica.

El decreto 9/2013, que supuso la modificación del régimen jurídico y económico para las instalaciones de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, ha sido objeto de una importante litigiosidad tanto a nivel interno como a nivel internacional. 5 de los 7 laudos arbitrales de los que se han dictado hasta la fecha han sido parcialmente condenatorios y, en este momento, permanecen abiertos un total de 35 procedimientos de arbitraje internacional contra el Reino de España por valor de más de 8.000 millones de euros.

Las indemnizaciones o compensaciones que deban ser abonadas a consecuencia de resolución firme dictada en cualquier instancia, judicial o arbitral, se detraerán del importe correspondiente a la diferencia entre la retribución que proceda abonar de las tasas de retribución congeladas hasta 2031 y la que hubieran recibido en el régimen ordinario. No obstante, los titulares podrán renunciar a este marco retributivo y acogerse al ordinario, sujeto a modificación cada 6 años, añadió el Ministerio. Una vez concluyan los trámites del anteproyecto, el texto volvería al Consejo de Ministros para su aprobación y remisión a las Cortes como proyecto de ley.

“Restauraría los derechos del sector”

Por su parte, la Asociación Nacional de Productores Fotovoltaicos (Anpier) considera que la propuesta de mantener a las instalaciones anteriores al recorte a las renovables de 2013 la tasa de rentabilidad actual hasta 2031 supone «un primer paso hacia la restauración de los derechos del sector social fotovoltaico español”. En este sentido, Anpier valoró que el anteproyecto es «el inicio de la recuperación de un sector que ha sido duramente maltratado durante la última década».

«Un colectivo formado por 60.000 familias que, atendiendo un llamamiento del propio Estado español, destinaron sus ahorros y sus esfuerzos al desarrollo y generación de energía solar fotovoltaica y que, sin embargo, había sido sometido a recortes desmesurados que obligaron a la refinanciación para evitar quiebras familiares generalizadas», añadió. Así, Anpier consideró que «no hay transición ecológica justa si no se restituyen legítimos derechos a las decenas de miles de familias españolas que, con grandes sacrificios, han logrado que sea posible un cambio en el modelo de generación energética que evite los efectos más devastadores del ya inevitable cambio climático».

El presidente de Anpier, Miguel Ángel Martínez-Aroca, subrayó que se ha dado «un primer paso en el camino de vuelta a la seguridad jurídica del sector renovable español, denostado en todo el mundo por el quebranto ocasionado tanto a los inversores nacionales como a los internacionales«. Sin embargo, recordó que habrá que «continuar avanzando hasta alcanzar una restauración justa y equilibrada», puesto que son todavía muchos los desajustes arbitrarios ocasionados por la reforma, «dado que la supuesta rentabilidad del 7,39% es absolutamente ficticia y los recortes soportados son asimétricos, llegando en casos al 50% de la tarifa regulada inicialmente establecida».

La CNMC disiente de la propuesta del Gobierno de orden de peajes del sector gasista para 2019 por sobrestimar ingresos

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado los informes en los que analiza la propuesta de orden ministerial por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica y de las instalaciones de gas natural para 2019, aunque en el caso del sector gasista disiente de algunos aspectos recogidos en la propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica.

No obstante, el Gobierno publicó en el BOE ambas órdenes, que permiten mantener congelada la parte regulada del recibo, por quinto año consecutivo en el caso de la electricidad, y que incluyen ya modificaciones respecto a sus propuestas. Los peajes de acceso son unos importes que se repercuten en la factura de gas y electricidad de los consumidores, y con lo que se costea el acceso a las redes de suministro energético (gas y electricidad).

En su informe sobre la orden de peajes del sector gasista, la CNMC sugiere que se reconsideren las previsiones de demanda de la orden, ya que se infravalora el número de clientes (2018 y 2019), el volumen de carga en cisternas y se sobrevalora la previsión de las capacidades contratadas y facturadas. En lo que se refiere a los ingresos previstos, la CNMC estima que los ingresos regulados de 2018 serían insuficientes para cubrir los costes previstos, generando un déficit de 0,4 millones de euros. Por el contrario, sí se estima un superávit de ingresos de 5,4 millones para 2019.

En todo caso, el organismo regulador destaca que se detectan errores en el procedimiento de facturación utilizado para estimar los ingresos de las actividades reguladas previstos para 2018 y 2019 que reducirían los ingresos previstos en 16 millones y 21 millones, respectivamente, resultando un desajuste negativo de 16,5 millones en 2018 y 15,5 millones en 2019. Los costes previstos para 2019, según la propuesta de orden, prevén una retribución para el 2019 de 2.953 millones, a la que hay que añadir los ajustes en los costes correspondientes a ejercicios anteriores, estimados en 90,6 millones. Asimismo, la CNMC, a diferencia de la orden, considera que las correcciones de años anteriores deben hacerse en 2018 y no en 2019, como se propone.

Además, el regulador advierte de la disposición adicional recogida para establecer el procedimiento para pagar a Enagás Transporte por los costes de mantenimiento y operatividad por el almacenamiento subterráneo Castor, ya que considera que se suscitan dudas razonables en cuanto a la suficiencia de rango de dicha disposición para acoger el abono de esta partida, una vez anulada por el Tribunal Constitucional la base legal del reconocimiento de estos costes.

En el caso de la propuesta de orden de peajes del sector eléctrico, la CNMC considera que las previsiones de demanda y consumo para el cierre del ejercicio 2018 y 2019 son inferiores a las de los distintos agentes. En relación con las previsiones de ingresos en la propuesta de orden para el cierre del ejercicio 2018, ascienden a 17.700 millones de euros, 395 millones menos que los previstos para el ejercicio en la Orden ETU/1283/2017 (18.095 millones de euros). La CNMC señala que esta diferencia está motivada por los menores ingresos procedentes de la facturación por peajes de acceso a consumidores y, por otra parte, por los menores ingresos externos a peajes, derivado del impacto del Real Decreto-ley 15/2018.

En cuanto a los costes de acceso del año 2018, se han reducido en 434 millones (2,4%), hasta los (17.656 millones), con respecto a los previstos en la Orden ETU/1282/2017 (18.090 millones). Los motivos han sido una menor retribución específica de las instalaciones de generación peninsulares y la retribución adicional y específica de los sistemas no peninsulares, añade el regulador.

La previsión de ingresos para 2019 es un 0,8% inferior, en 147 millones, respecto a la de cierre de 2018, debido a la reducción en 166 millones de los ingresos de peajes de consumidores, motivado por el movimiento de los consumidores domésticos a peajes con discriminación horaria y al ajuste de su potencia, entre otros factores, destaca la CNMC. Mientras, los costes totales previstos para 2019, una vez incorporado el coste de los pagos por capacidad (159 millones) y los ingresos y costes extraordinarios (61 millones), ascienden a 17.989 millones, cifra que supera en 332,7 millones (+1,9%) a los costes previstos para el cierre del ejercicio 2018 (17.656 millones). Este déficit de 400 millones se compensará con el superávit acumulado.

Unidos Podemos propone que la Administración sólo contrate energía de origen 100% renovable

Europa Press.- Unidos Podemos quiere que la Administración General del Estado y su sector público sólo contrate para el suministro eléctrico de sus edificios, sedes, equipamientos y otras instalaciones energía de origen 100% renovable. Su propuesta pasa por no tramitar prórrogas de los contratos de suministro eléctrico vigentes, salvo en supuestos de no concurrencia, y contratar exclusivamente el suministro con comercializadoras de Etiquetado A. Esto es, que tengan certificada su producción como limpia por el sistema de garantía de origen del organismo regulador CNMC.

Así consta en la proposición no de ley que sus diputados Jorge Luis Bail (Podemos) y Josep Vendrell (En Comú Podem) han registrado en el Congreso para su debate y votación ante el Pleno. Según recuerdan en su propuesta, ciudades como Madrid, Barcelona, Zaragoza, Alicante o Cádiz ya han abordado una contratación de suministro eléctrico 100% renovable, y creen que «resulta imperativo aprovechar al máximo» un potencial de ahorro energético en un inventario que en 2016 sumaba 2.142 edificios de más de 250 m2 útiles.

Es más, consideran que además de una compra verde, la Administración también puede aprovechar las cubiertas de sus edificios para generar energía renovable, con el fin de satisfacer en todo o en parte sus necesidades energéticas, y también verter a la red energía limpia. Así, piden poner en marcha medidas en estas instalaciones e instalar de forma progresiva sistemas de generación renovable. Actualmente, critican, sólo 4 de los 15 edificios ministeriales cuentan con energía solar. Según los estudios de Greenpeace, citados por Luis Bail y Vendrell, la Administración podría producir 93.457 GWh/año en sólo 917 de sus edificios, lo que supondría un ahorro de más de 320 millones de euros en una estimación a 25 años para las cuentas públicas.

La CNMC multa a Endesa con 120.000 euros por pasar clientes de la tarifa regulada al mercado libre sin consentimiento

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) resolvió 4 procedimientos sancionadores contra Endesa Energía que acumulan multas por valor de 120.000 euros por haber activado contratos de varios clientes sin su consentimiento. En varios casos, implicó que el cliente dejase de tener su contrato con la tarifa eléctrica regulada (PVPC) para ser suministrado en el mercado libre, donde la comercializadora fija libremente el precio de la energía y puede incluir otros servicios y seguros de mantenimiento adicionales.

En uno de los casos, según ha explicado la CNMC, activó un nuevo contrato con suministros de gas y electricidad sin consentimiento del cliente, al que cambió la tarifa regulada de gas a un suministro a mercado libre. La CNMC tuvo conocimiento de estos hechos tras recibir varias denuncias de la Consejería de Economía, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, de los escritos de FACUA y de un particular.

No son los únicos multados

En las resoluciones aprobadas, la CNMC considera acreditado que Endesa Energía no respetó los requisitos que deben seguir las comercializadoras de electricidad y de gas para contratar un nuevo cliente ni, en particular, contó con su consentimiento. El organismo multó en 2017 a cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural (Endesa Energía, Iberdrola Clientes, Gas Natural Servicios y Viesgo Energía) con un total de 155.000 euros por las mismas prácticas.

La CNMC insiste en que las comercializadoras deben respetar la Ley a la hora de realizar o modificar los contratos con sus clientes y en la importancia de que sean muy cuidadosas a la hora de captar clientes a través de canales de venta, especialmente en el caso de consumidores vulnerables y de personas mayores. Además, el pasado mes de septiembre obligó a los principales grupos energéticos a cambiar su imagen de marca para que los clientes puedan distinguir entre la empresa comercializadora que ofrece la tarifa regulada (PVPC), en electricidad, y (TUR), en gas, y la que lo hace a través del mercado libre.

Vandellós II para tras un aumento del caudal de agua en el edificio de contención

Europa Press.- La central nuclear Vandellós II notificó al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) que ha dado inicio a la secuencia de parada de la central, tras observar un pequeño aumento de caudal del agua recogida en los sumideros del edificio de contención. La parada de la planta se ha determinado de manera conservadora para facilitar las condiciones adecuadas que permitan acceder al interior del edificio de contención y llevar a cabo la caracterización de este caudal. «Vandellós II se encuentra en condición segura”, subrayó su operador.

Abascal asegura que la CNMC ultima el expediente que abrió a Naturgy y Endesa por posible alteración del mercado eléctrico

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) está «culminando» la instrucción del expediente sancionador que abrió a Naturgy y Endesa por indicios de alteración de precios en las ofertas del pool entre octubre de 2016 y enero de 2017, un periodo en el que los precios de la electricidad escalaron hasta tocar máximos históricos en enero, según indicó el secretario de Estado de Energía, José Domínguez Abascal.

En comparecencia en la Comisión del Senado, Domínguez señaló que, cuando la CNMC incoa el expediente a las dos compañías energéticas, «indica claramente que ha observado indicios de alteración de precios en las ofertas del mercado de generación» en ese periodo. El secretario de Estado de Energía afirmó que si se mira la lista de ciclos combinados que no estuvieron disponibles en el periodo investigado por la CNMC, «es muy llamativo el número de centrales que no están disponibles por pequeños problemas técnicos sobrevenidos aparentemente».

En 2017, la CNMC abrió este expediente sancionador a Gas Natural Fenosa Generación y a Endesa Generación tras observar esos indicios de alteración de precios en ese periodo. A la vista de los precios registrados en el pool, se requirió información a Endesa y Gas Natural sobre sus contratos de aprovisionamiento de gas natural, de suministro a centrales de ciclo combinado y a otros clientes, así como operaciones de compra y venta dentro del sistema gasista en el mercado OTC, previsiones de consumo y desviaciones entre previsiones y consumo real.

Sobre apunta la información reservada realizada, la Dirección de Energía de la CNMC observó indicios de posible alteración del llamado despacho de generación del pool para obtener ingresos superiores en mercados de restricciones (ajustes que se realizan por motivos de seguridad en el suministro). Es decir, según la CNMC, habrían realizado una oferta «anormalmente elevada» para que dichas centrales participaran en el mercado de restricciones y obtener así mayores ingresos.

De esta manera, habrían llegado a impedir su programación durante varios días, a pesar de que el contexto generalizado de precios elevados debería haber conducido justo a la situación contraria. Dicha conducta podría haberse producido por Gas Natural Fenosa Generación en 5 centrales (Sagunto, San Roque, Málaga; puerto de Barcelona y Besós) y por parte de Endesa en la central de ciclo combinado de Besós.

El Tribunal Supremo confirma la sanción de 18,4 millones a Nuclenor por el cese unilateral de la central de Garoña

Europa Press.- La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo confirmó la sanción de 18,4 millones de euros que la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) impuso en julio de 2014 a Nuclenor por una infracción muy grave prevista en la Ley del Sector Eléctrico por el cese de la explotación de la central nuclear de Santa María de Garoña acordado de forma unilateral en diciembre de 2012 sin comunicarlo con la antelación suficiente a la Administración.

Se consideró entonces que la empresa propietaria de la planta, participada al 50% por Endesa e Iberdrola, incurrió en la infracción consistente en «la reducción sin autorización de la capacidad de producción o de suministro de energía eléctrica». Nuclenor recurrió el acuerdo de Competencia a la Audiencia Nacional, que desestimó el recurso en junio de 2016, y a continuación recurrió la sentencia de la Audiencia ante el Tribunal Supremo, que lo rechazó, entre otros motivos, al no compartir que en el caso concurriese el presupuesto de «causas imprevistas» que habría permitido excluir la necesidad de comunicación de la decisión del cese en la explotación con una antelación de un año.

En ese sentido, la sentencia de la Audiencia Nacional, ahora confirmada, destacó que no podía considerarse como una circunstancia de carácter técnico, susceptible de ser una causa imprevista, la derivada de la entrada en vigor de una reforma legislativa que afectaba de forma sensible a la fiscalidad de las centrales nucleares. Según recogió la misma sentencia, la decisión de Nuclenor de cesar la explotación sita en Burgos se adoptó el 14 de diciembre de 2012, y la comunicación de dicho acuerdo, sin embargo, no se produjo hasta transcurridos 14 días.

«La recurrente siguió una política de hechos consumados, limitándose a comunicar al Ministerio su decisión unilateral de cese, comunicación que, además, no tuvo lugar hasta el 28 de diciembre de 2012, con ocasión de la publicación de la Ley de Medidas Fiscales y, lo que se subraya en la Resolución sancionadora, cuando el proceso de descarga del combustible estaba ya concluido desde el anterior 22 de diciembre, de forma de que la indisponibilidad de la potencia de Garoña era ya un hecho irreversible en el año 2012″, destacó la Audiencia.

El Supremo indica que la resolución sancionadora aplicó correctamente el tipo previsto en la Ley del Sector Eléctrico. «en la medida que existe una plena concordancia entre la ejecución de la decisión empresarial de cese en la explotación de la central de Garoña, que ha supuesto una reducción de la capacidad de producción del sistema eléctrico de 455,9 MW, y la conducta ilícita descrita» en el correspondiente artículo de la Ley del Sector eléctrico. Asimismo, considera que no se vulneró el principio de proporcionalidad en la cuantía de la sanción, teniendo en cuenta también el impacto sobre la garantía de suministro de energía eléctrica y la afectación al mercado eléctrico.

La CNMC celebra la sentencia

Por su parte, el presidente de la CNMC, José María Marín Quemada, ha resaltado que la sentencia está «alineada con los planteamientos del súperregulador. Marín Quemada ha señalado que Endesa e Iberdrola, propietarios al 50% de la central nuclear de Garoña, decidieron cerrarla «por decisión unilateral» y en contra de la normativa, que establece que hay que avisar a las autoridades con un tiempo y cumplir unos trámites, para no afectar a los precios ni a la seguridad del suministro.

«Los propietarios pensaron que no era imprescindible, la CNMC actuó por seguridad energética y, en el uso de nuestras obligaciones, procedimos a imponer una sanción. Los propietarios fueron a los tribunales y la sentencia está alineada con los planteamientos con la CNMC», ha destacado Marín Quemada. Marín Quemada ha destacado que el alto tribunal está sancionando en línea con la opinión de la CNMC el 82% de las cuestiones que le llegan. «Hay todavía una brecha del 18%, y eso nos ha obligado a hacer en los últimos años una serie de esfuerzos para reducirla. Aún no estamos satisfechos», ha manifestado el presidente del organismo.

Respecto al recibo de la luz, Marín Quemada ha insistido en que sigue siendo de «dificilísima comprensión» por parte de los clientes, y ha recordado que se compone de tres elementos: el precio de la generación eléctrica, lo que se paga por otros conceptos (peajes) y los impuestos. «En los peajes hay una mezcla tremenda de compensaciones a cierre de instalaciones, subvenciones a renovables… ese totum es lo que convendría aclarar, porque es de dificilísima compresión por los clientes», enfatizó.

Tras constatar que «no siempre», pero sí a veces, se cumple el llamado efecto cohete y pluma en los precios de los carburantes, que trasladan las subidas del crudo con mucha rapidez, pero no así las bajadas «cuando se acerca un periodo vacacional o punta de consumo», ha considerado razonable el plazo de 20 años dado por el Gobierno para el fin de las matriculaciones de vehículos diésel, gasolina, híbridos o a gas, que no podrán circular por España a partir de 2050. «Si así lo ha establecido el Gobierno, sus razones tendrá», ha manifestado.

Por último, tras ser alabado por la ministra de Economía, Nadia Calviño, a la labor de la CNMC, lo que aleja el fantasma de una reordenación de los organismos supervisores promovido por el anterior Gobierno, Marín Quemada, que se considera «totalmente independiente», ha señalado que cuando a los políticos se les explica que los sectores están interrelacionados, que las cuestiones son transversales, lo entienden. «La CNMC tiene que aproximarse a esos mercados con una visión de conjunto y con la transversalidad de la competencia», apuntó.

Un 70% de los consumidores españoles desconoce si su oferta de gas natural o de electricidad es libre o regulada

Europa Press.- 7 de cada 10 españoles sigue sin saber si su suministro de electricidad está en el mercado regulado o en el libre, un desconocimiento que alcanza al 73% de los hogares en el caso de las ofertas de gas natural. Asimismo, el porcentaje que no sabe qué tarifa eléctrica tiene contratada se reduce al 38,8%.

El Panel de Hogares pone en evidencia las diferencias en los hábitos de consumo entre los hogares que declaran tener tarifas cuyo precio depende de la hora y los que declaran tener tarifas que dependen del tramo del día (discriminación horaria). En los primeros, los distintos precios de la luz según la hora del día tienen un bajo impacto en las decisiones de consumo de los hogares: un 61% no modifica sus hábitos por los precios. En cambio, entre los hogares con una tarifa por tramos (discriminación horaria), más de un 70% tiene bastante en cuenta los precios al consumir, mientras que solo un 8% no los tiene en cuenta.

La mejora más significativa en el sector energético se encuentra a la hora de preguntar sobre el conocimiento de los hogares sobre el bono social de electricidad para los consumidores vulnerables. En junio de 2018, 6 de cada 10 consumidores conocía su existencia, 10 puntos más que hace un año. Además, entre éstos, un 68% declaraba conocer los requisitos que un hogar debe cumplir para beneficiarse del mismo. Desde la CNMC recuerdan que ha trabajado para la difusión de la información acerca de los requisitos y la metodología del nuevo bono social eléctrico e incluso se ha habilitado una aplicación que permite comprobar si un ciudadano tiene derecho a ser beneficiario del nuevo bono social.

Unidos Podemos exige a la Unión Europea y al Gobierno la paralización del gasoducto MidCat entre España y Francia

Europa Press.- Unidos Podemos ha reclamado a varios organismos de la Unión Europea y al Gobierno de España la paralización del proyecto de gasoducto conocido como MidCat, que unirá España con Francia. A través de una carta, representantes de Podemos y Equo en Bruselas y en el Congreso de los Diputados han alertado a Europa de los riesgos que puede suponer esta iniciativa.

MidCat, un gasoducto que uniría Francia con España a través de 450 kilómetros en su tramo por territorio español, está reconocido como Proyecto de Interés Común (PIC) por parte de la Comisión Europea, una condición que Unidos Podemos busca revisar. Por ello, la misiva, firmada por los eurodiputados Floren Marcellesi (Equo) y Ernest Urtasun (En Comú), y por los diputados Juan López de Uralde (Equo), Rosa Martínez (Equo) y Josep Vendrell (En Comú), se dirige al vicepresidente de la Comisión Europea y responsable de la Unión de la Energía, Maros Sefcovic; el comisario de Acción por el Clima y Energía de la Unión Europea, Miguel Arias Cañete; la ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera.

Revisar el PIC del MidCat

Para todos ellos, los dos partidos que forman parte del grupo confederal tienen una petición. En primer lugar, piden que se revise la idoneidad de financiar este tipo de proyectos, teniendo en cuenta los compromisos de España y de la Unión Europea en materia de lucha contra el cambio climático y muy especialmente el Acuerdo de París de 2015. Además, sugieren la revisión de la condición de PIC de estos proyectos, rehacer la interconexión gasística a través de Cataluña con Francia y que la CNMC rechace la solicitud de inversión de Enagás para el MidCat.

Ambas formaciones también denuncian «falta de transparencia» lo que, a su juicio, supone dificultades a la hora de hacer un seguimiento riguroso del MidCat. Unidos Podemos también señala que la financiación de este tipo de infraestructuras «supone dar prioridad a una fuente de energía contaminante» como es el gas que, además, se caracteriza por su «fuerte concentración y procedencia de Estados cuyo cumplimiento de los Derechos Humanos y valores de libertad y estado de Derecho son dudosos«. «Esta decisión va directamente en contra del modelo de diversificación energética y promoción del desarrollo e investigación en energías renovables defendido por la propia Comisión Europea», concluye Podemos.

La CNMC propone recortar la retribución de redes eléctricas al 5,58% y de renovables al 7,09% para el período 2020-2025

Europa Press.- Las compañías eléctricas consideran que la retribución para las redes que propone la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) «es insuficiente” después de que el organismo regulador haya propuesto una tasa de retribución para el periodo regulatorio 2020-2025 del 5,58% para las actividades de transporte y distribución de electricidad y del 7,09% para la actividad de producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Esta propuesta supondría un recorte del 14,15% con respecto a la retribución actual del 6,5% para los negocios de redes y generación extrapeninsular y un 5,5% menos con respecto al 7,5% vigente para las renovables. No obstante, representa un recorte menor para estas actividades respecto a la propuesta inicial que había planteado el regulador cuando sacó a consulta pública su metodología, que dejaba la retribución a las redes en el 5,47% y a las renovables entre el 7,04% y el 7,18% para ese segundo periodo.

La principal novedad de la propuesta de la CNMC es que la metodología seguida se basa en el coste medio ponderado del capital (WACC en inglés), que es la metodología más comúnmente aplicada por los reguladores europeos dentro del ámbito de sus competencias para establecer la tasa de retribución de las actividades reguladas del sector energético. Competencia señala que la metodología propuesta es «consistente, reproducible y ampliamente utilizada, y proporciona tanto estabilidad regulatoria como seguridad jurídica a empresas y consumidores».

La metodología WACC refleja la realidad de los mercados de capital donde las empresas reguladas encuentran su financiación. Es decir, el WACC garantiza una rentabilidad razonable para que los proveedores de capital aporten sus fondos para la financiación de la actividad regulada. La utilización de esta metodología WACC, frente a la que fue establecida en la reforma eléctrica de 2013 de ligar la rentabilidad razonable para estas actividades al bono del Tesoro a 10 años más un diferencial de puntos básicos, ha sido bien recibida por la mayoría del sector.

Además, la CNMC indicó que esta metodología se adapta a los requisitos establecidos en la normativa sectorial para el cálculo de la tasa de retribución financiera; como son la duración del periodo regulatorio, la base de activos sobre la que aplica, una similar tasa para todas las sociedades que realizan la actividad, una similar tasa para las distintas tecnologías de generación, etc. Asimismo, en el caso de las redes, la regulación sectorial establece, entre otras cuestiones, que se debe considerar el coste de financiación de las empresas transportistas y distribuidoras comparables eficientes y bien gestionadas.

La CNMC lanzó a consulta pública en julio esta propuesta de metodología, con carácter previo a su aprobación y que respondía a la solicitud de informe realizada por el secretario de Estado de Energía, recibiendo en ese periodo un total de 38 documentos de alegaciones de empresas del sector energético, asociaciones empresariales y administraciones públicas. La CNMC indicó que estas alegaciones «han sido analizados y sus consideraciones tenidas en cuenta en la elaboración de la versión final de esta metodología».

Insuficiente para la patronal eléctrica

Por su parte, AELEC, la patronal centrada en las actividades reguladas que agrupa a las 5 principales compañías eléctricas (Endesa, Iberdrola, Naturgy, EDP y Viesgo), considera que la retribución del 5,58% propuesta por la CNMC para las actividades de distribución de energía eléctrica a partir de 2020 «se aleja de los valores aprobados por los reguladores europeos y es insuficiente».

Fuentes de AELEC indicaron que el diferencial con respecto al bono del Estado se sitúa casi un 20% por debajo de la media de los países del entorno por lo que, si se consolide esta propuesta, «España competirá en inferioridad de condiciones para obtener los fondos e inversiones necesarios para la transición energética«. No obstante, la patronal valoró la metodología propuesta por el regulador, basada en el WACC, ya que es la que emplean casi todos los reguladores europeos y «se ajusta a un proceso ortodoxo de cómo debe fijarse la tasa financiera de rentabilidad».

AELEC subrayó que la transición energética necesita «un fuerte esfuerzo inversor en redes durante la próxima década», en el que la distribución va a jugar «un papel esencial» actuando como facilitador de este proceso de transición. Por ello, consideró que la contribución de las redes eléctricas de distribución será «crucial» para fomentar la electrificación de la economía y alcanzar los compromisos de descarbonización para 2030 y para 2050. Así, recordó que la distribución es una actividad intensiva en capital y con largos periodos de recuperación de las inversiones, «por lo que sin una rentabilidad suficiente, capaz de atraer el capital necesario para acometer dichas inversiones, será más difícil afrontar con éxito los retos y oportunidades futuras para descarbonizar la economía».