La CNC inspecciona la sede de la patronal eléctrica Unesa

Según la resolución del Consejo de la CNC celebrado el día 2 de noviembre, el organismo sospecha que han existido posibles prácticas anticompetitivas consistentes en el diseño y la coordinación de estrategias y comportamientos competitivos en el seno de Unesa.

Entre otros asuntos, revisaron el recurso presentado por Unesa en enero de 2008 a una de las disposiciones del Real Decreto que regula la liberalización eléctrica y que establece que los datos de los clientes deben ser accesibles para todas las comercializadoras inscritas en su correspondiente registro.

En su resolución, la CNC también señala que Unesa sólo integra a las cinco grandes empresas eléctricas que operan en España, que acaparan la mayor parte de los consumidores y cuentan con negocios de generación, excluyendo así de la patronal a las pequeñas comercializadoras y distribuidoras.

Tras analizar todos los aspectos legales, la CNC concluye en su resolución que no existe responsabilidad administrativa por parte de Unesa por estos hechos, y que la patronal no infringe ningún artículo de la Ley de Defensa de la Competencia.

Sin embargo, establece que las cinco grandes eléctricas que operan en España y que integran Unesa -Iberdrola, Endesa, Unión Fenosa, HC Energía y E.ON- podrían haber llegado a acuerdos para obstaculizar la libre competencia en el sector.

La Dirección de Investigación de la CNC tendrá que determinar si procede la incoación de un expediente sancionador en caso de que se constate la existencia de una «estrategia conjunta de obstaculización o restricción de la competencia en el mercado eléctrico, constitutiva de una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia».En caso de confirmarse las sospechas se procedería a incoar un expediente formal que supondría una multa de hasta el 10% del volumen de negocio total de las empresas infractoras.

La CNC abrió un expediente sancionador contra las cinco grandes eléctricas en julio por considerar que podrían estar incurriendo en prácticas contrarias a la competencia al suspender temporalmente el acceso telemático a los datos necesarios para gestionar el cambio de compañía suministradora de los consumidores.

Documentos y correos electrónicos

Los miembros de la CNC que han inspeccionado la sede de Unesa, una decena en total, se han llevado abundante documentación, tanto fotocopias de documentos escritos como correos electrónicos e información en formato digital.

Los responsables de Unesa permitieron la entrada de los inspectores a su sede y colaboraron en su trabajo, tanto facilitando la documentación requerida como, incluso, con medios materiales como fotocopiadoras, explicaron fuentes de la patronal.

Los inspectores llegaron a la sede de Unesa antes de las 09:00 horas del jueves, y han trabajado allí hasta primera hora de la tarde del viernes.

Durante este tiempo, examinaron tanto documentos escritos como la información contenida en los ordenadores y las comunicaciones electrónicas realizadas.

Entre la documentación fotocopiada figuran las actas de las reuniones de la Junta Directiva, de la que forman parte los responsables de las grandes eléctricas.

Las compañías integrantes de Unesa han rehusado evaluar la investigación llevada a cabo por el organismo presidido por Luis Berenguer y han asegurado que desde Competencia no han contactado directamente con ellas.

Iberdrola denuncia a Gas Natural ante Competencia por obstaculizar el traspaso de 300.000 clientes

La eléctrica, que interpuso la denuncia el 11 de septiembre, acusa en su escrito a Gas Natural de abuso de posición de dominio y de impedir el cambio de suministrador a los usuarios que lo solicitan, como adelanta El País.

Por su parte, fuentes de Gas Natural aseguraron no tener constancia de la denuncia, ya que no les ha sido notificada por Competencia, y dijeron desconocer por tanto si ha sido admitida a trámite

La eléctrica asegura que, desde mediados de 2007, Gas Natural habría rechazo reiteradamente solicitudes de cambios de suministrador de consumidores domésticos y pymes captados a través de ofertas telefónicas.

Por su parte, Gas Natural explicó que la normativa que regula el cambio de suministrador no contempla la posibilidad de que éste se pueda tramitar con sólo el consentimiento verbal del usuario.

Por ello, y en aras a garantizar la seguridad de los clientes, la compañía rechaza las solicitudes de cambio de suministrador para las que, como única prueba, se presentan grabaciones telefónicas.

El sector del gas se encuentra plenamente liberalizado desde julio de 2008 e Iberdrola, que comenzó a adquirir gas en 2001, cuenta en la actualidad con unos 200.000 clientes de gas.

Competencia expedienta a las compañías eléctricas por abuso de posición de dominio

El expediente se abre después de que la Dirección de Investigación de la CNC haya concluido, tras una investigación preliminar, que existen indicios de que estas compañías podrían haberse servido de su situación de dominio para obtener unos ingresos superiores a los del mercado al desplazar su oferta a las restricciones técnicas, informó el organismo supervisor.

Las citadas compañías, generadoras de electricidad, habrían cometido la presunta infracción apoyadas «por la actuación de sus comercializadoras», lo que constituye «un abuso de posición dominante, individual o colectivo«, según la misma fuente.

Respecto a Iberdrola, la Dirección de Investigación considera además que su actuación en el mercado mayorista de producción de energía eléctrica en el segundo semestre de 2006 «habría provocado un aumento significativo de las restricciones técnicas en España y podría constituir un abuso de posición de dominio de este operador».

Presuntamente, las compañías expedientadas habrían ofertado energía al mercado diario a precios superiores a los que se ofrecían, con el objetivo de que sus ofertas no casaran en dicho mercado.

Aprovechando su posición de dominio, las centrales se aseguran así ser llamadas a solucionar las restricciones técnicas, que se ocasionan por el desequilibrio entre oferta y demanda.

Las restricciones técnicas están diseñadas para evitar problemas de suministro y permiten al operador del sistema, Red Eléctrica, usar las plantas de generación cercanas a la zona en riesgo, independientemente de su tipología y precio.

En este contexto, sólo determinadas centrales pueden resolver la restricción, incrementando o reduciendo su producción, y las compañías investigadas se «podrían haber aprovechado de esa situación de dependencia hacia ellas para obtener unos ingresos superiores a los del mercado».

El año pasado, la CNC sancionó a Gas Natural con 1,5 millones de euros y a Iberdrola con otros 15,4 millones de euros por conductas similares.

La OCU se personará en el expediente sancionador

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha anunciado que se personará en el expediente sancionador abierto por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) a varias empresas eléctricas por «abuso de posición de dominio» y pedirá al Gobierno una «revisión profunda» del precio de la electricidad.

La OCU aplaude la decisión de la CNC porque «discute» la existencia de una competencia real en el mercado de la electricidad.

Según esta organización de consumidores la actuación de las eléctricas, es contraria a las normas de competencia, ya que trasladan la oferta de electricidad de los mercados ordinarios a los mercados de restricciones técnicas donde el precio es muy superior, causando un «grave perjuicio» a los consumidores.

La OCU denuncia que esa diferencia de precio ha sido pagada «por millones de consumidores» a través de la tarifa eléctrica y del mecanismos del déficit tarifario, que asegura que es «artificial» y «no se corresponde con la realidad de los costes de generación de la electricidad».

Por ello, pedirá al ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián, una «revisión profunda» del mecanismo que establece el precio con el que se remunera a los productos de electricidad, ya que considera que es «determinante» en la tarifa eléctrica que pagan los consumidores.

Repsol recurre la multa de Competencia y señala que no cumple las garantías procesales constitucionales

Repsol anunció que recurrirá la resolución de Competencia (CNC) que le impone una multa de cinco millones, junto a Cepsa y BP, por una supuesta fijación indirecta del precio de venta al público de sus estaciones de servicio que operan como empresarios independientes.

En un comunicado, Repsol muestra su indignación por la resolución, «ya que no ha cometido ninguna infracción y su conducta es conforme a las leyes y normas españolas y europeas».

«La decisión es contradictoria con informes y decisiones anteriores de las autoridades de competencia nacionales y europeas», afirma Competencia, que añade que durante el procedimiento «no se han respetado las garantías procesales reconocidas en la Constitución, ni se han admitido las pruebas presentadas por la compañía».

Además, la compañía explica que la resolución carece de un conocimiento profundo del mercado de estaciones de servicio y no se fundamenta en hechos contrastados.

«La resolución de la CNC, en su incompleto análisis, puede producir efectos indeseados en el mercado y en los precios» y «Repsol recurrirá ante los tribunales, y se reserva el derecho a exigir la reparación de los daños o perjuicios que la resolución le pueda causar».

Por su parte, Cepsa también ha mostrado su rechazo a la decisión de Competencia y sostiene que ha actuado siempre bajo la presunción de legalidad que le concedía la legislación comunitaria y con el pleno convencimiento de haber adaptado sus contratos a las exigencias de las autoridades españolas.

«En consecuencia, Cepsa no puede aceptar de ningún modo que se le impute una infracción (…) por una situación que está condicionada por circunstancias ajenas y sin que la CNC haya probado que la compañía haya actuado con culpabilidad o negligencia», sentencia la empresa.

Los gasolineros confían en que la multa impuesta a las petroleras haga cumplir las normas de competencia

La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (Ceees) confió hoy en que la resolución hecha pública por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) sirva para que las empresas sancionadas se avengan a cumplir «de una vez por todas» las normas de Competencia en beneficio de los empresarios del sector y de los consumidores finales.

Según afirmó la Ceees, la resolución adoptada por la CNC por la cual se multará con 5 millones de euros a Repsol, 1,8 a Cepsa y 1,1 a BP por «fijación indirecta de precios», junto con el Informe de la Comisión Nacional de la Energía de fecha 9 de Julio de este año, sirvan para ampliar el margen de ganancias de los gasolineros.

En este sentido, recordó que en el año 2001 el margen bruto de las estaciones de servicio era de aproximadamente 0,04 euros y el de las petroleras de 0,05.

Sin embargo, durante 2009, a través de esta fijación indirecta, el margen de la gasolinera ha sido aproximadamente de 0,05 euros y el de las petroleras de alrededor de 0,11 euros.

Competencia sanciona a Repsol, Cepsa y BP con 7,9 millones por fijación indirecta de precios en las gasolineras

En virtud de dichas prácticas, explica la CNC, los precios máximos y precios recomendados comunicados por el operador se convierten en precios fijos, eliminando la libertad del distribuidor minorista para fijar el precio de venta al público del carburante en su estación de servicio.

Repsol tendrá que pagar cinco millones de euros, CEPSA hará frente a una multa de 1,8 millones de euros y BP tendrá que pagar 1,1 millones de euros. Instan además a las empresas sancionadas a que se elimine toda cláusula contractual, así como aquellos elementos de su relación comercial que tengan por efecto dicha fijación indirecta de precios.

El Consejo ha analizado la «especial» relación que vincula a las mencionadas operadoras con los comisionistas y revendedores a la luz de las normas de la competencia. Así, se concluye que la forma en que los operadores petrolíferos fijan el precio al que las estaciones de servicio les compran el combustible «elimina los incentivos de las estaciones de servicio para realizar descuentos y, por tanto, competir vía precios».

Esta vinculación comercial implica en la práctica «simples» contratos de reventa por parte de las estaciones de servicio, en los que la fijación directa o indirecta de los precios está prohibida por las normas de la competencia.

El Consejo entiende que, de esta forma, cada una de las operadoras «estaría controlando los precios de venta de las estaciones de servicio bajo su bandera, para evitar la competencia en precios entre las estaciones de su red, a lo que se une la fijación directa de precios que sí está permitida en las estaciones gestionadas por la propia operadora o con contratos de agencia».

«Competencia considera acreditado que esta fijación indirecta de precios, además de eliminar la competencia entre las estaciones de servicio de cada red, excluye también la competencia entre estaciones de servicio de redes distintas«, subraya.

Por otra parte, Competencia anunció que remitirá al Gobierno un informe que se hará público el próximo mes de septiembre y que incidirá en las disfunciones del mercado de carburantes en su conjunto proponiendo diversas medidas estructurales que promuevan la competencia.

El informe destaca que la capacidad de refino en España está controlada por los tres operadores petrolíferos sancionados, los mismos que ostentan la participación más alta en CLH.

Competencia abre un expediente sancionador a Galp por los contratos suscritos con sus gasolineras

El expediente tiene su origen en una denuncia interpuesta en mayo de 2006, ante el extinto Servicio de Defensa de la Competencia, por la Confederación Española de Estaciones de Servicio (CEEES) contra varias petroleras por la duración «indebida y antirreglamentaria» de los acuerdos de no competencia suscritos contractualmente con diversas gasolineras.

Fuentes cercanas al caso, explicaron que Competencia sólo analiza los contratos que suscriben las empresas en función de su cuota de mercado, de forma que cuando se trata de compañías con poco peso en un determinado sector, no entra a valorar si se incumple la normativa o se restringe la competencia.

En este sentido, recordaron que, desde 2006, cuando se interpuso la denuncia, Galp ha comprado en España la red de estaciones de servicio de Agip y Esso y se ha situado como tercer operador del país, por detrás de Repsol y Cepsa.

Este aumento de cuota de mercado ha llevado a la CNC a abrir una investigación para determinar si los acuerdos de no competencia denunciados vulneran en el caso de Galp la Ley de Defensa de la Competencia y el Tratado de la Comunidad Europea.

La CNC dispone ahora de un plazo de 18 meses para la instrucción y resolución del expediente.

Galp considera «normal» la investigación sobre competencia

Por su parte, la petrolera Galp consideró un procedimiento «normal» la investigación que le ha abierto la Comisión Nacional de Competencia de España (CNC) y anunció que evaluará si debe modificar algún contrato de sus gasolineras.

El expediente abierto por la CNC a la empresa lusa estaba en suspenso «porque no había razones para avanzar, pero, ahora, como Galp supera una cuota del cinco por ciento (en el mercado español), se ha reabierto», explicó el portavoz de la compañía, Pedro Marquez Pereira.

El representante de la petrolera lusa aseguró que Galp analizará sus contratos con las estaciones de servicio comercializadoras de combustibles para ver si necesitan modificaciones.

«Cuando las empresas poseen una parcela más pequeña del sector, el tratamiento es diferente, hay más libertad para los contratos», añadió Marquez Pereira.

En España, Galp opera tanto con red propia de distribución, como con revendedores pequeños, uno de los cuales interpuso la denuncia. «Cuándo se trabaja con diferentes clientes, es normal que haya problemas puntuales», justificó el portavoz.

Para Galp el mercado español representaba, hasta 2007, menos de un quinto de su red ibérica pero a finales de 2008 había pasado a suponer la mitad de su red.

El caso Cepsa

La semana pasada, Cepsa ofreció a Competencia la posibilidad de que sus gasolineras abanderadas puedan liberarse anticipadamente de sus contratos de suministro en exclusiva a cambio de un precio determinado que fijarían consultores independientes.

Con esta propuesta, Cepsa pretende satisfacer la inquietud de la CNC por la duración de los contratos de exclusividad suscritos entre las petroleras y determinadas estaciones de servicio.

La CNC obliga a las eléctricas a facilitar el acceso a datos de sus clientes

Estas medidas se enmarcan en el expediente sancionador abierto el pasado 24 de junio por la CNC contra las cinco compañías por posibles prácticas anticompetitivas que podrían suponer una traba en la culminación de la liberalización del sector, que se materializó el 1 de julio.

Dichas prácticas consistirían en la suspensión temporal a terceros, por parte de las distribuidoras de estos grupos energéticos, del acceso telemático a los datos necesarios para gestionar el cambio de compañía suministradora, recordó el organismo.

La CNC apuntó que dicha conducta se produce en un momento «crítico» para la competencia en el sector eléctrico.

Por ello, con fecha 1 de julio, ha ordenado provisionalmente el cese de las prácticas de suspensión de la gestión de solicitudes de cambio de suministrador y el restablecimiento del servicio en el supuesto de que aún no se haya producido de forma efectiva.

Adicionalmente, la CNC exige a las cinco compañías que, durante el tiempo que dura la tramitación del expediente, se abstengan de obstaculizar de forma alguna la actividad de gestión telemática en los mercados de comercialización de electricidad y, especialmente, en aquellos relacionados con el cambio de suministrador.

Según la CNC, se mantiene el plazo de 18 meses, a contar desde el 24 de junio, para la instrucción y resolución del expediente, muy similar al que resolvió hace dos meses con una multa para las eléctricas de más de 36,6 millones de euros.

Recientemente, el presidente de la patronal eléctrica Unesa, Pedro Rivero, auguró que el expediente «se quedará en nada» porque la interrupción está «justificada».

Explicó que las compañías decidieron interrumpir durante «dos o tres» días el acceso a sus bases de datos ante la complejidad de los cambios en los sistemas informáticos que se han visto obligadas a acometer y para poder ofrecer fiables con el fin de evitar errores que puedan dar lugar a posibles fraudes.

Desde el 1 de julio, los clientes con potencias contratadas iguales o inferiores a los 10 kilovatios pueden elegir entre acudir al mercado o acogerse a tarifa, en tanto que los que superan ese límite deben contratar su suministro de forma obligatoria con una comercializadora que opere en el mercado libre.

El Gobierno sólo ha autorizado cinco comercializadoras a tarifa que, precisamente, pertenecen a los cinco grandes grupos eléctricos contra los que se abrió el expediente, en tanto que en el mercado libre operan unas 25 compañías.

Para facilitar el cambio de suministrador y fomentar la competencia, las distribuidoras de estos grandes grupos están obligadas a permitir a las comercializadoras acceder a los datos de sus clientes, siempre y cuando éstos no indiquen lo contrario.

Ahora, el suministro eléctrico pasará a depender en exclusiva de las comercializadoras, en tanto que las distribuidoras se centrarán en la gestión de las redes.

Abierto expediente a las distribuidoras por posibles prácticas anticompetitivas

Dichas prácticas consistirían, informó ayer el regulador, en la suspensión temporal a terceros, por parte de las distribuidoras de estos grupos empresariales, del acceso telemático a los datos necesarios para gestionar el cambio de compañía suministradora de los consumidores finales. Esta suspensión temporal del acceso telemático se produce en un momento «crítico» para la competencia, por la entrada en vigor, a partir del próximo 1 de julio, de la tarifa de último recurso.

A partir de esta fecha, los clientes de menor consumo podrán optar por acogerse a la nueva tarifa de último recurso con alguna de las cinco comercializadoras de último recurso designadas por el Gobierno (pertenecientes, precisamente, a los cinco grupos energéticos investigados) o por pasarse al mercado libre, ya sea con la comercializadora de estos grupos o con alguna comercializadora independiente.

Las supuestas prácticas anticompetitivas podrían estar interfiriendo, por tanto, en «un hito relevante del proceso de liberalización del mercado eléctrico español, con el que se esperaba que pudiera producirse el traspaso de un número importante de consumidores del mercado regulado al mercado libre, especialmente en el caso de las pymes», añadió la CNC.

Adicionalmente, en el marco del expediente incoado, Competencia ha propuesto la adopción de medidas cautelares para obligar a las compañías investigadas a reestablecer el acceso telemático a la base de datos de las distribuidoras y garantizar a las comercializadoras independientes el normal funcionamiento de la gestión del traspaso de clientes.

Las prácticas investigadas se producen tan solo dos meses después de que el organismo que preside Luis Berenguer sancionara a las mismas compañías por prácticas similares que dificultaban el acceso de las comercializadoras independientes al mercado de suministro de electricidad.

La incoación del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación; se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNC.

La Comisión Europea expedienta a España y a otros 24 países por no abrir mercados energéticos

Estos países comunitarios «impiden que los consumidores europeos se beneficien de un mercado energético abierto y competitivo», según afirma la CE en un comunicado.

Todos los estados miembros de la Unión Europea salvo Malta y Chipre recibirán cartas de emplazamiento del Ejecutivo comunitario, una medida que constituye la primera fase de un procedimiento de infracción.

El comisario europeo de Energía, Andris Piebalgs, ha afirmado en un comunicado que ante la actual crisis económica «es inaceptable que los consumidores europeos y las empresas sufran un mal funcionamiento del mercado de la energía».

La Comisión «está dispuesta a tomar todas las medidas necesarias para garantizar que los consumidores europeos puedan disponer de una elección real, de precios más bajos y de una mayor seguridad en el suministro«, facilidades «que sólo puede ofrecer un mercado abierto y competitivo».

Entre las infracciones figura la falta de información por parte de los gestores de redes de transporte de gas y de electricidad, lo que obstaculiza el acceso a los proveedores.

También existe una falta de coordinación y cooperación transfronteriza entre las autoridades nacionales y las redes de transporte de gas y electricidad, que sería necesaria para optimizar la utilización de estas redes tanto a escala local como europea, según la CE.

Los gestores de estas redes tampoco han hecho lo suficiente «para liberar un máximo de su capacidad técnica» y favorecer así una mayor competencia, añade la Comisión.

Asimismo, los proveedores energéticos «persisten en la reglamentación de los precios», y en particular en beneficio de sus mayores clientes, lo que dificulta la entrada de los nuevos operadores en el mercado.

Las autoridades competentes de los Estados miembros de la UE, por su parte, no han tomado las medidas necesarias para velar por el cumplimiento de la normativa comunitaria.

La CE acusa a los 25 países de la UE de no haber puesto en marcha procedimientos «simples, transparentes y poco costosos» para la protección de los consumidores, contemplados en la directiva europea del gas y la electricidad.