Luis Berenguer (CNC) asegura que España tiene un problema con el sector eléctrico

En rueda de prensa, coincidiendo con el Día Europeo de la Competencia, Luis Berenguer reconoció que «la liberalización eléctrica no ha producido los efectos que pensábamos» ya que no se ha logrado imponer la desintegración efectiva en los mercados.

Por ello, estimó que «hace tiempo que ha llegado el momento de hacer una honda reflexión sobre el grado de satisfacción del funcionamiento de este mercado y sobre la participación de las distintas tecnologías» en el mismo.

En este sentido, abogó por abrir un debate global para solucionar cuestiones globales «y no parciales, como ha venido ocurriendo», dijo.

De este modo aludió a la situación en la que se encuentran las energías renovables en España. Para Berenguer, el sector eléctrico debe ayudar a mejorar la productividad.

El presidente del regulador de competencia indicó, asimismo, que la Comisión habrá de informar al respecto de la revisión de las primas que acuerde el Gobierno.

Igualmente, está pendiente de completar el informe relativo al conocido como decreto del carbón (que privilegia el uso del carbón autóctono), después de haber sido modificada la versión primitiva.

La CNC abre un expediente a Endesa por un posible caso de abuso de posición de dominio

El expediente, abierto por la Dirección de Investigación de la CNC, se refiere al uso de la información a la que tiene acceso Endesa como distribuidora de electricidad para desarrollar su actividad en el mercado de las instalaciones eléctricas.

Este expediente tiene su origen en una denuncia presentada por la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de España (Fenie). La CNC aclara que la incoación del mismo no prejuzga el resultado final de la investigación.

Según los plazos fijados por el organismo de Competencia, la Dirección de Investigación dispondrá desde ahora de un plazo de 18 meses para instruir el expediente y para proceder a su resolución.

El organismo recuerda además que el extinto Tribunal de Defensa de la Competencia ya sancionó a Endesa en 2006 por su actuación en el mercado de instalación de Mallorca, y que el pasado 3 de diciembre incoó tres expedientes sancionadores similares al anunciado ahora a HC Energía, E.On y Gas Natural Fenosa.

De hecho, los expedientes abiertos a estas tres compañías eléctricas también fueron promovidos por la Fenie, así como por la Asociación Profesional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de Madrid (Apiem).

En lo que va de año, Competencia ha ampliado sus investigaciones acerca de prácticas anticompetitivas en el sector eléctrico, pero también ha visto cómo el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional anulaban algunas de las multas más cuantiosas impuestas por el organismo a empresas del sector.

En concreto, la CNC decidió en febrero ampliar a la Asociación Española de la Industria Eléctrica (Unesa) su investigación por posibles prácticas anticompetitivas en el sector eléctrico, después de realizar una investigación domiciliaria a la patronal y de detectar una posible estrategia de coordinación entre sus socios para obstaculizar los cambios de suministrador de electricidad.

A finales de enero, el Supremo anuló una sanción impuesta por la CNC a Endesa, Iberdola y Fenosa, dictada en julio de 2004 y consistente en multas de casi un millón de euros cada una por abuso de su posición dominante en el mercado eléctrico.

Junto a esto, y tras examinar la resolución anterior del Supremo, la Audiencia Nacional anuló recientemente una multa de 15,4 millones de euros impuesta por Competencia a Iberdrola por conductas anticompetitivas en el mercado de restricciones técnicas.

Competencia investiga los centros de atención al cliente de las eléctricas en comercios

El organismo regional ha llevado a cabo la investigación a raíz de dos denuncias procedentes del Consejo de Consumidores de Castilla-La Mancha y de un establecimiento de Albacete.

El informe traslada a la Comisión Nacional de la Competencia que «es preciso analizar si el hecho de externalizar el servicio de atención al cliente y prestarlo en establecimientos comerciales relacionados, en mayor o menor medida, con la electricidad, puede suponer ventajas competitivas de unos establecimientos frente a otros«.

Recuerda al respecto que, en los últimos años, las eléctricas han situado sus oficinas en establecimientos comerciales, sobre todo en tiendas de electrodomésticos, donde los usuarios son atendidos por personal de estos comercios.

Según la Comisión, si se parte de la clara posición de dominio que las eléctricas tendrían en territorios concretos, a pesar de la reciente liberalización del sector, esta práctica comercial supondría que la mayoría de la población se vería obligada a pasar al interior de un establecimiento comercial de electrodomésticos concreto para realizar gestiones con la compañía eléctrica.

El supuesto desequilibrio competitivo podría producirse al beneficiar las compañías energéticas a unos determinados comercios, que aumentarían su flujo de clientes, en perjuicio de otros del sector.

El expediente de información reservada ha sido remitido a la Comisión Nacional de la Competencia para que sea ésta quien continúe con el procedimiento, ya que esta práctica no sólo se da en Castilla-La Mancha.

Luis Berenguer dice que la sentencia del Supremo no da carta blanca a las eléctricas

Luis Berenguer reaccionó así tras ser preguntado por la sentencia del Supremo que anula una sanción de 2,7 millones de euros impuesta a Iberdrola, Endesa y Unión Fenosa por abuso de posición de dominio en el marco de las restricciones técnicas, conducta por la que Competencia las ha sancionado en sucesivos expedientes posteriores.

«No compartimos los argumentos del Supremo y creemos que los argumentos de posteriores sanciones no quedan contradichos por los argumentos de esta sentencia», añadió Berenguer.

«No queremos que se crea que, en base a esta sentencia, se concede carta blanca a las eléctricas» para actuar al margen de la ley de competencia, concluyó.

En 2004, el Tribunal de Defensa de la Competencia (ahora Comisión Nacional de la Competencia) multó con 901.500 euros a cada una de las eléctricas por entender que durante tres días de 2001 ofrecieron precios altos en relación a los costes para quedar excluidas del proceso de casación del mercado diario y ser llamadas a resolver las denominadas restricciones técnicas, generalmente mejor retribuidas.

Para lograrlo, las compañías se valían de su posición de dominio en determinadas áreas geográficas, según Competencia, que no obstante descartó que actuaran de forma concertada.

En la sentencia, el Supremo anula la resolución por entender que las compañías actuaron dentro del régimen normativo vigente en 2001, aunque recuerda que el consenso era que el sistema que se aplicaba entonces «era inadecuado y provocaba distorsiones».

Además, dejó claro que los argumentos en los que se basan otras sanciones impuestas porteriormente en el sector eléctrico «no coinciden con estos ni quedan en entredicho por esta sentencia».

El Tribunal Supremo anula una multa de Competencia a Iberdrola, Endesa y Unión Fenosa por abuso de dominio

En 2004, el Tribunal de Defensa de la Competencia (ahora Comisión Nacional de la Competencia) multó con 901.500 euros a cada una de las eléctricas por entender que durante tres días de 2001 ofrecieron precios altos en relación a los costes para quedar excluidas del proceso de casación del mercado diario y ser llamadas a resolver las denominadas restricciones técnicas, generalmente mejor retribuidas.

Para lograrlo, las compañías se valían de su posición de dominio en determinadas áreas geográficas, según Competencia, que no obstante en su resolución descartaba que las eléctricas hubieran actuado de forma concertada.

En la sentencia, que hoy adelanta Cinco Días, el Supremo anula la resolución por entender que las compañías actuaron dentro del régimen normativo vigente en 2001, aunque recuerda que el consenso era que el sistema que se aplicaba entonces «era inadecuado y provocaba distorsiones».

El alto tribunal explica que las ofertas que las eléctricas presentaban al mercado liberalizado en 2001 no tenían que responder necesariamente a una determinada relación coste/precio.

De hecho, la remuneración que reciben todas las centrales no depende de sus costes sino de la casación entre oferta y demanda, de forma que la última tecnología que entra al mercado -generalmente la más cara- es la que fija el precio al que son retribuidas todas.

El Supremo entiende que liberalizar el mercado de generación de electricidad implica que son las empresas las que, al formular sus ofertas, asumen el riesgo de quedar excluidas de la casación si sus precios son mayores a los de otras.

Salvo que se demuestre la colusión entre las distintas empresas, el mero hecho de que alguna proponga precios elevados no implica una conducta restrictiva de la competencia.

Además, recuerda que el mecanismo de restricciones técnicas depende de Red Eléctrica, que, por motivos de seguridad y para ajustar consumo real y producción, puede obligar a operar a algunas centrales que no eran retribuidas por precio marginal sino por la oferta única que hicieron al mercado.

El tribunal cree que no ha quedado demostrado que las eléctricas tuvieran la seguridad de ser llamadas a resolver restricciones y entiende que, al estar obligadas a hacer una oferta única, lo que hacían era apostar por un sistema u otro con los riesgos que esto suponía.

Por otra parte, el Supremo estima que la conducta sancionada presenta un marcado carácter esporádico y muy limitado en el tiempo y añade que si realmente existiera una situación de monopolio geográfico, el abuso sería más sistemático.

Fuentes del sector explicaron que se trata de una sentencia muy importante porque resoluciones posteriores de Competencia, con multas mucho más elevadas, se han basado en los mismos planteamientos que la sanción ahora anulada.

Por ejemplo, en 2007, las autoridades multaron a Iberdrola con 38,7 millones de euros por prácticas similares realizadas entre 2002 y 2003.

La Comisión Nacional de Competencia amplía el expediente abierto a las eléctricas para incluir a Unesa

Con fecha 24 de junio de 2009, la Dirección de Investigación de la CNC acordó incoar un expediente sancionador contra las empresas Endesa, Iberdrola, Hidrocantábrico, Gas Natural y E.On, por posibles prácticas anticompetitivas en el suministro de electricidad a clientes finales.

Dichas prácticas consistirían en la suspensión temporal a terceros, por parte de las distribuidoras de estos grupos empresariales, del acceso telemático a los datos necesarios para gestionar el cambio de compañía suministradora de los consumidores finales, en un momento especialmente crítico para la competencia, por la entrada en vigor el pasado 1 de julio de la tarifa de último recurso.

Adicionalmente, en el marco de ese expediente, el Consejo de la CNC adoptó medidas cautelares para obligar a las compañías investigadas a reestablecer de forma inmediata el acceso telemático a la base de datos de las distribuidoras y garantizar así a las comercializadoras independientes el normal funcionamiento de la gestión del traspaso de clientes.

Con fechas 5 y 6 de noviembre de 2009 se realizó una investigación domiciliaria en la sede de Unesa, la Asociación Española de la Industria Eléctrica.

A la vista de las evidencias recabadas en dicha inspección domiciliaria, la Dirección de Investigación decidió ampliar la investigación que actualmente lleva a cabo para incluir, además de a las citadas compañías eléctricas, a Unesa, como escenario en el que se producen las prácticas contrarias a la competencia.

Asimismo, acordó ampliar la conducta investigada en dicho expediente. El regulador sospecha que puede estar produciéndose una «estrategia de coordinación en el sector eléctrico tendente, entre otros, a la obstaculización del cambio de suministrador de electricidad».

Se mantiene vigente el plazo máximo de 18 meses iniciado el pasado 24 de junio de 2009 para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNC, sin que la incoación prejuzgue el resultado final de la investigación.

Por su parte, una fuente de Unesa explicó que la organización está a la espera de ser citada para conocer en detalle los términos por los que se le ha abierto expediente.

Además, la patronal se declara «tranquila» porque, según la citada fuente, «actuamos con gran transparencia».

La CNC calcula un sobrecoste de 1.200 millones de euros si se incentiva el carbón

Así consta en el informe elaborado por la Comisión Nacional de la Competencia en relación al Real Decreto que el Gobierno ha diseñado para incentivar la utilización de carbón nacional por parte de las compañías eléctricas.

La CNC considera que la futura norma creará una «distorsión significativa de los procesos de funcionamiento de los mercados energéticos en España y de los mecanismos de formación de precios», e implicará un «sobrecoste directo importante para la electricidad producida», así como un «previsible» encarecimiento de los precios en el mercado mayorista.

Además, calcula un sobrecoste de más de 45 euros por megavatio/hora (MWh) debido al precio fijo que se pagará a las centrales que utilicen carbón y a las compensaciones que recibirán las instalaciones que tengan que ceder al carbón parte de su espacio en el mercado mayorista de la electricidad.

Así, el sobrecoste total en caso de que se generase el máximo de energía previsto por el proyecto de real decreto superaría los 1.200 millones de euros, advierte Competencia.

El informe recuerda que la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha advertido de la existencia de dos errores en la fórmula utilizada para calcular el «lucro cesante» de las centrales afectadas por los incentivos al carbón nacional. En caso de ser subsanados dichos errores en el texto final, el sobrecoste total se situaría entre 700 y 800 millones de euros, precisa la CNC.

Con la fórmula modificada, los incentivos al carbón nacional supondrían un encarecimiento de la electricidad en el mercado mayorista superior al 9 por ciento, de acuerdo a los precios y cantidades vendidas en los nueve primeros meses del año.

En caso de mantenerse la actual fórmula, que reconoce un mayor lucro cesante y, por tanto, mayores compensaciones para las centrales desplazadas, el encarecimiento de la electricidad en el mercado mayorista alcanzaría el 16 por ciento en los nueve primeros meses de 2009.

El organismo presidido por Luis Berenguer concluye que la normativa diseñada por el Gobierno «genera determinadas ineficiencias y distorsiones a la competencia efectiva» que resultan «injustificadas y extraordinariamente lesivas del bienestar general», y por ello considera que la medida «debería ser reconsiderada».

El expediente sancionador a Gas Natural Distribución incoado por Competencia

La incoación del expediente se produce a partir de una denuncia presentada por Iberdrola el pasado 11 de septiembre ante Competencia ante la negativa de Gas Natural Distribución a tramitar las solicitudes de cambio de suministrador presentadas por la denunciante, según consta en el texto del acuerdo de la CNC.

Iberdrola también denunciaba la realización por parte de Gas Natural de una campaña de comunicación «masiva» a clientes que contenía «información engañosa y denigratoria para el resto de competidores».

La CNC ha incoado el expediente sancionador al considerar que hay «indicios racionales» de una posible infracción de los artículos 2 y 3 de la Ley de Defensa de la Competencia y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (UE), consistente en obstaculizar el cambio de suministrador con la negativa a tramitar las solicitudes realizadas mediante grabaciones telefónicas.

La Dirección de Investigación de Competencia también estudia la posibilidad de proponer al Consejo de la CNC la adopción de las medidas cautelares solicitadas por la denunciante.

En su denuncia, Iberdrola pidió como medida cautelar que se ordene a Gas Natural el cese de la práctica de requerir la conformidad por escrito del cliente para proceder al cambio de suministrador.

La denunciante también solicitó que, durante el tiempo de tramitación del expediente, se ordene a Gas Natural que se abstenga de obstaculizar el cambio de suministrador, «especialmente mediante el envío de comunicaciones a sus clientes que sugieran de cualquier modo que sólo las sociedades del Grupo Gas Natural pueden suministrar gas natural en condiciones de calidad o seguridad».

Fuentes de Gas Natural dijeron estar «sorprendidas» por la decisión de la CNC porque la compañía entiende que siempre ha actuado de acuerdo a la normativa vigente.

De hecho, recordaron que el grupo gasista realizó dos consultas al respecto a la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en 2007 y 2008, en las que el regulador determinó que el consentimiento verbal no aparece recogido por el real decreto 1434/2002 y que el cambio de titularidad debe realizarse con garantías y respetando los derechos de los clientes.

Según dijeron, Gas Natural «no está en contra de la contratación telefónica», sino que entiende que esta práctica no puede aplicarse hasta que haya un reglamento al respecto que todas las empresas puedan compartir y que dé seguridad al cliente.

La CNC abre tres expedientes sancionadores a eléctricas por abuso de posición de dominio

La Comisión Nacional de la Competencia explicó que los expedientes se han incoado por un posible abuso de posición de dominio por parte de dichas empresas consistente en el uso de la información a la que tienen acceso como distribuidoras de energía eléctrica para desarrollar sus actividades en el mercado de instalaciones eléctricas.

Dichos expedientes tienen su origen en las denuncias presentadas por la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de España (FENIE) y por la Asociación Profesional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de Madrid (APIEM).

La incoación de estos expedientes no prejuzga el resultado final de la investigación y a partir de ahora se abre un periodo máximo de dieciocho meses para la instrucción y la resolución por la CNC.

Luis Berenguer advierte a Unesa de que no está exenta de ser vigilada

En su intervención en un desayuno organizado por Entorno Aragonex, Luis Berenguer señaló que no se puede calificar de «asalto» la inspección de dos días que técnicos de la CNC hicieron el pasado jueves a la sede de Unesa dentro de la investigación que se sigue por posibles prácticas anticompetitivas en el sector eléctrico, porque lo hicieron respetando los procedimientos y las garantías judiciales, con una autorización del juez.

«¿Acaso la patronal eléctrica debe quedar al margen de la actividad inspectora de Competencia? Las inspecciones se hacen con frecuencia y, muchas veces, no terminan en un expediente sancionador, porque las sospechas no se ven ratificadas», dijo.

El presidente de la máxima autoridad de la competencia española advirtió de que las asociaciones empresariales y las patronales están siendo objeto de un mayor control por parte de este organismo porque en muchos casos han tomado decisiones que no les competen, entre ellas la de pactar precios, y han restringido el libre mercado del sector en cuestión.

Las asociaciones o patronales son «importantísimas para el funcionamiento del mercado», aseguró Berenguer, quien no obstante aludió después a una frase de un reconocido economista que decía que cuando personas de un mismo sector empresarial se sientan en una mesa «terminan conspirando para pactar precios».

Además lamentó que en las empresas eléctricas españolas no haya habido una guerra de precios, que habría dado lugar a una mayor competencia y a un mercado más liberalizado.

En su opinión, el proceso de liberalización eléctrica ha sido «manifiestamente mejorable», porque no se ha impuesto la desintegración vertical del sector y ninguna compañía puede al mismo tiempo generar, distribuir y comercializar.

Por otra parte, Berenguer aludió a las ayudas públicas que se han anunciado para el sector del carbón, sobre las que la CNC está elaborando un informe preceptivo.

Recordó que las ayudas públicas no pueden ser discriminatorias ni perjudicar a otras áreas del sector energético, ya que «sería contrario a la competencia conceder apoyos a unos sí y a otros no».

En este sentido, puntualizó que el hecho de «que el Gobierno decida dar subvenciones a las renovables, que han dusfrutado de sobreprimas, y no a las energías fósiles es un tema que va más allá de las materias propias de competencia».